Resumen:
El presente tema de tesis es de importancia trascendental y actualidad, toda vez que de acuerdo con la doctrina emitida sobre esté tópico, en la legislación procesal penal no debe existir una prohibición absoluta para incorporar pruebas que se obtienen con infracción a las normas que la regulan, es decir deben existir excepciones como lo es el descubrimiento inevitable. No pasa desapercibido el especial impacto que genera en el Derecho Procesal penal la inclusión de la figura del descubrimiento inevitable, por el colisión de intereses en contraposición que existen, los cuales se encuentran protegidos por el marco jurídico; por un lado el esclarecimiento de los hechos, para proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen, conforme al artículo 20, apartado A, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2 del Código Nacional de Procedimientos Penales y por el otro el respeto a los derechos de las personas, como límite a la actuación del poder público. Dicha inclusión se justifica ya que si bien es cierto una prueba derivada de otra que se obtuvo de manera ilícita, tiene el mismo carácter, sin embargo existen circunstancias, tales como el descubrimiento inevitable, que permiten sean incorporadas y tengan valor probatorio, puesto que derivado de la prueba ilícita, invariablemente se habría llegado al mismo resultado, siguiendo los mecanismos legales existentes para tal efecto.